Seguro del hogar

¿Porque asegurar?
Sin lugar a dudas, la inversión más fuerte que realiza una familia normal, a lo largo de su vida, es la compra de su residencia, son años sujetos a un crédito hipotecario. Es por ello, que lo más normal es asegurar los bienes para no quedar al descubierto en caso de un siniestro.
Normalmente, al comprar la vivienda, y formalizar el préstamo, el banco nos exige la contratación de un seguro de hogar que cubra su inversión, con eso cubren el riesgo de un préstamo impagado y además, suelen ofrecer ellos el seguro, a un precio sensiblemente superior al del mercado, con lo cual matan dos pájaros de un tiro. Pero una cosa debe quedar clara, no estas obligado a tener el seguro contratado con la entidad bancaria, aunque si que debes tener seguro.
El lenguaje de los seguros
- El contenido son los muebles y enseres, y se deben tasar por el precio actual de esos equipamientos, no por el dinero que nos costaron en su día. Hay que tener en cuenta que todo se devalúa, y que en caso de siniestro, tampoco lo pagarán a valor de nuevo. Tampoco debe quedarse corto, ya que si tiene valores superiores a los declarados, en caso de siniestro, la compañía tasará y le declarará con infraseguro.
- Infraseguro .- Imagine que el valor de sus objetos es de 6.000 euros, y usted los declara con un valor de 3.000 euros, sufre un siniestro, y lo pierde todo, bien, el perito detectará el infraseguro, y lo tasara en un 50%, con lo cual no es que le paguen 3.000 euros (el 50% de lo perdido) si no 1.500 euros (el 50% de lo declarado).
- Continente.- El continente es el lugar físico donde vivimos, esto es, el conjunto de nuestro domicilio sin las cosas que nos podríamos llevar en caso de que nos mudáramos a otro domicilio. Así pues, un espejo pegado en la pared sería continente, pero uno sujeto con una escarpia no. Un armario empotrado seria continente. Un armario normal que se pueda desmontar no lo sería.El valor del continente se calcula en función a unas tablas que tiene las compañías. En esas tablas dividen el país en zonas, y dentro de las zonas, en calidades de construcción, llegándose a un índice que se multiplicará por los m2 de la vivienda.La cantidad es muy inferior al precio pagado por el propietario cuando adquirió la vivienda, esto es así porque en caso de siniestro total, hay cosas que no se pierden, por ejemplo, el terreno donde esta construida la casa seguirá estando allí aunque esta desaparezca, por lo tanto no se debe añadir, tampoco se debe añadir la ganancia del constructor, en caso de tener que volver a construir la casa, el seguro buscará quien la construya, pero no incluirá las ganancias del promotor.
- Responsabilidad civil.- La responsabilidad civil cubre las indemnizaciones monetarias de las que debamos responder en caso de un siniestro o accidente, del que hayamos sido declarados responsables civiles.Pongamos un ejemplo. Usted tiene en la terraza de su casa una maceta, esta se cae al vacío y golpea a un vehículo produciéndole daños, pues bien, esos daños los cubriría su seguro del hogar si esta cobertura ha sido contratada.No solo cubre siniestros del hogar. Imagine que va en bicicleta, se distrae, y golpea a un vehículo que esta estacionado, esto también lo cubriría el seguro de responsabilidad civil.¿Que no cubre? No cubriría aquellos siniestros que hayan sido producidos de forma premeditada. No cubrirá las responsabilidades penales impuestas por un juez. Siguiendo con los ejemplos anteriores, si se demuestra que usted lanzó la maceta desde su terraza contra el coche, o que premeditadamente provocó desperfectos en el coche estacionado, su seguro no cubrirá esas indemnizaciones, y si es detenido, juzgado y condenado, tampoco cubrirá la responsabilidad penal, esto es, la condena de privación de libertad.
- Atraco: Es la sustracción a una persona de un bien en el que se ha empleado la fuerza, bien verbal, amenazas, bien física, golpes, o bien intimidación, uso de armas. Por ejemplo, la sustracción del radio casete de un vehículo amenazando de muerte a su propietario.
- Robo: El robo es la sustracción efectuada de un bien, usando fuerza en las cosas, esto es, rompiendo o forzando las protecciones que impiden el uso no legítimo. Por ejemplo, robar el radio casete de un vehículo rompiendo la ventanilla o forzando las puertas.
- Hurto: Es la sustracción de un bien sin emplear ni fuerza en las cosas, ni en las personas, esto es aprovechando un descuido. Por ejemplo, la sustracción de un radio casete de un coche abierto.
- Consorcio de compensación. El Consorcio de compensación de seguros es el que se encarga de pagar las indemnizaciones producidas por catástrofes, actos terroristas, o aquellas producidas por personas no aseguradas. Por ejemplo, usted tiene su casa asegurada, y un terremoto la destruye, pues bien, no será su compañía la que le indemnice, será el consorcio el que se hará cargo del pago, eso si, solo de un porcentaje, no del 100%, aproximadamente de un 80%, y siempre tras un largo periodo que puede llegar a los dos años.
- Agente de seguros. Los agentes de seguros son personal de una única compañía, independientemente de la relación contractual entre agente y compañía, bien sea autónomo o empleado de esta. Por lo tanto, un agente solo ofrecerá los productos de su compañía.
- Corredor de seguros. Los corredores de seguros no tienen ningún contrato de exclusividad con ninguna compañía, aunque tengan buenas relaciones con estas, y reciban comisiones de ellas por los clientes que les consigan. Los corredores, estudian el caso concreto, y buscan entre los productos de las diferentes compañías con las que trabajen, el que más se aproxima a lo que les indicamos. Normalmente en los corredores se pueden encontrar precios ligeramente más baratos que en las propias compañías.
- Todo riesgo. Los seguros de hogar a todo riesgo, suelen incluir las coberturas más comunes, como pueden ser el incendio las inundaciones, roturas, etc… Siempre estarán constatadas por escrito en el contrato, y figurara el porcentaje del precio con valor a nuevo que se cubre.
- Explosión. La explosión es la rotura de un aparato que produce daños, al expandirse de forma súbita. Un ejemplo de daños por explosión pueden ser los producidos por un aparato eléctrico, o una fuga de gas, el tubo de imagen de un televisor… etc. Hay seguros que solo cubren el daño producido por la explosión, y no al aparato que ha explotado.
- Implosión. No muy común, y por ello muy contemplado en todas las pólizas de seguros, es la explosión hacia dentro de un aparato, tan poco común que ni tan siquiera se nos ocurren ejemplos domésticos, factibles en el hogar.
- Reposición estética. La reposición estética es el acondicionamiento de un bien, normalmente del contenido después de un siniestro, por ejemplo, el fuego quema un colchón, normalmente el seguro se hará cargo de la compra de otro colchón, sin embargo, el fuego produjo humo que ennegreció las paredes, siendo necesario pintar de nuevo, pues bien, si el seguro cubre la reposición estética, nos pintaran las paredes, sin hacernos cargo del coste.
- Reposición a valor de nuevo. Si tenemos contratada esta cobertura, en caso de que un aparato, normalmente es el contenido, se nos destruya por cualquier causa contemplada, la compañía nos adquirirá el bien de primera mano, no indemnizando por el valor monetario del bien en su día. Imaginemos un supuesto, usted compro un ordenador que le costo 1.000 euros hace un año, pero con el progreso tecnológico, han salido equipos mejores y ese equipo lo puede encontrar en el mercado por 500 euros, la compañía no le entregará a usted 1.000 euros, si no 500. En caso de que el bien no pudiese ser sustituido se debería llegar a un acuerdo con la compañía en la indemnización.
- Objetos especiales. Son objetos que por si solos superan el valor máximo establecido por la compañía para un objeto.Normalmente las compañías exigen una declaración de aquellos objetos que superen el 10% del valor de contenido contratado. Imaginemos que usted tiene un equipo informático que vale 6.000 euros, y la casa, con todo su equipamiento la tiene valorada en 12.000 euros, quizás su casa este vacía, y solo tenga cuatro cosillas aparte del equipo, pues bien, aunque esta dentro de la cobertura, y no se puede decir que haya infraseguro, uno solo de los objetos supera el valor permitido, en este caso la compañía le exigirá que lo incluya en la póliza marcando su valor, ellos lo tasarán e indicarán si la póliza es revisada al alza.También deben consignarse en la ampliación aquello objetos singulares, pertenecientes al patrimonio histórico, objetos de arte, colecciones, y cualquier otro objeto singular.
- Camarote o desván. Normalmente las compañías no ponen pegas en asegurar el contenido de desvanes o trasteros, pero eso si, debe comprobar si esta incluido en su póliza, lo normal es que si lo este, pero recuerde que no puede tener objetos de demasiado valor en el, ya que en caso de siniestro no se lo cubrirán.
Por ejemplo si usted tiene su equipo informático en el desván y lo tiene habilitado como un pequeño despacho deberá indicárselo a la compañía o se inhibirán al considerar que los bienes declarados no son los normales en un desván. - Garaje. Los daños al vehículo en un garaje lo más normal es que se deban contratar aparte, sobre todo en los casos de garajes comunitarios. Aunque en residencias individuales se podrá añadir sin mayor problema a la póliza.
- Vandalismo. Las pólizas suelen cubrir determinados actos de vandalismo en el hogar, pero deben ser considerados como tales, por ejemplo, si a usted con un objeto punzante le rayan la puerta de entrada a su domicilio, o le hacen pintadas amenazantes en la fachada, eso no lo cubrirá el seguro. Sin embargo, entran en su vivienda y además de robarle, le hacen pintadas, y le destrozan sus enseres, en ese caso, si lo tiene contratado, se lo cubrirán.
- Sabotajes. No suelen estar cubiertos por los seguros normales. Si usted quiere contar con esa protección, seguramente deberá contratarla aparte.
- Pago fraccionado. Prácticamente todas las compañías admiten el pago fraccionado de las pólizas, añadiéndole un recargo en función del tipo de fraccionamiento. Siendo incrementado en relación al número de pagos totales.
- Cobertura. La cobertura es el importe que el seguro le pagará en caso de siniestro, suelen ser porcentajes del contenido o del continente. Un ejemplo, la cobertura de reposición estética esta asegurada con un máximo del 20% de la cobertura del continente.Lo explicamos, supongamos que usted tiene contratado el continente en 10.000 euros, pues bien, el 20% de 10.000 son 2.000 euros, en caso de incendio, los daños producidos por el humo se los cubre la reposición estética, pues el valor máximo que le pagara en este caso la compañía será 2.000 euros, el 20% de la cobertura del continente.
- Franquicia. La franquicia baja el precio del seguro, pero permite a la compañía no hacerse cargo de aquellos siniestros cuyo valor económico no pase de una determinada cantidad, o de restar esa cantidad al total de la factura en caso de que el valor sea mayor.Un ejemplo, usted tiene contratada la póliza con una franquicia de 500 euros, tiene un siniestro y la reparación de este cuesta 400 euros, y se haya contemplada como riesgo asumido por la compañía, pues bien, esta indicará que esta por debajo de la franquicia y que no le corresponde el pago. El segundo supuesto, siguiendo el ejemplo anterior, la reparación cuesta 600 euros, la compañía le pagará 100 euros, la diferencia entre el precio, y su franquicia.
- Objetos de terceros. Los objetos de terceros no serán asegurados si no se contemplan en la póliza. Supongamos que usted tiene un amigo que se va a mudar, y le pide que le deje almacenar en su vivienda determinados bienes mientras a el le terminan de pintar la casa, y en ese intervalo, se produce un incendio que arrasa todo el contenido de su vivienda, pues bien, sus bienes si serán cubiertos, no así los de su amigo, a no ser que lo haya indicado a la compañía, y esta haya aceptado el sobre riesgo.
- Variaciones de riesgo. Usted tiene en su hogar un equipo informático normal, y es el que incluye en la póliza cuando asegura su hogar, pero pasa el tiempo y decide ampliar el equipo, comprándose uno realmente bueno. Este extremo deberá comunicárselo a su compañía para que fije la cantidad a pagar por esa variación del riesgo. No todos los objetos deben hacerse constar, solo aquellos que realmente supongan un incremento sustancial.
- Condiciones generales y particulares. Le conviene mucho leer las condiciones de su póliza y tener en cuenta que las condiciones particulares sustituirán a las generales en aquellos caso donde este contemplado. Supongamos un ejemplo, en su seguro, en las condiciones generales, le pone que no se cubrirá el robo, pero en las particulares le pone que si, y que además hasta un valor de 6.000 euros, parece que hay una contradicción, sin embargo no es así, usted esta cubierto, ya que las condiciones particulares modifica a las generales.
Atraco, robo y hurto.
Es importante saber las diferencias entre robo, atraco y hurto, puesto que las compañías pueden cubrir unas y no otras.
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Información sobre este artículo
- ”Seguro del hogar”, un trabajo de
- Asuán
- Publicado el:
- 17.10.05
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